El conflicto de la apropiación audiovisual con las leyes de propiedad intelectual
Found Footage Hoy Gloria Vilches Según nuestro sistema legal, la apropiación audiovisual supone un choque frontal con los pilares fundamentales en los que se basa la ley de propiedad intelectual y los derechos de autor. En este apartado se expone esta ley, se definen sus conceptos básicos y se analizan sus límites. Se tratan también los nuevos tipos de licencias alternativas al copyright, como Creative Commons. Se exponen las diferentes opciones que tiene un artista a la hora de plantearse hacer una obra de metraje apropiado (como pedir permiso o recurrir a obras de dominio público) y los argumentos que podrían esgrimirse para legitimar esta práctica. Por último, se analiza una serie de piezas que expresan la actitud de sus creadores frente a estas cuestiones legales. Obras estudiadas: Warnings (Antoni Muntadas, 1988), créditos finales de Miralls (Gerard Gil, 2006), Light (Cristina Arrazola-Oñate, 2008) y Copyright is for losers (Ninotschka Art Project, 2008). La propiedad intelectual se estableció con el fin de que quienes produjeran creaciones originales literarias, artísticas o científicas pudieran, por un lado, obtener un rendimiento económico de sus creaciones (derecho de explotación) y, por otro, pudieran controlar la forma en que sus obras se utilizaran (derechos morales). En España, estos derechos están regulados por la Ley de propiedad intelectual de 1996, con las modificaciones de la reforma de ley aprobada el 20 de julio de 2006.